Estimados compañeros:
Nuestra especialidad es definida en el BOE de fecha 8 de febrero el R.D. 183/2008,que regula el programa formativo de la especialidad en Oncología Radioterápica en virtud de la Orden SCO/3142/2006, de 20 de septiembre y sigue vigente en la actualidad. La especialidad en Oncología Radioterápica es definida como una “especialidad clínica que utiliza las Radiaciones Ionizantes solas o en combinación con fármacos para el tratamiento del cáncer, desarrollando su actividad dentro de la Oncología asumiendo su papel junto a las demás especialidades oncológicas en el estudio y tratamiento multidisciplinar del cáncer”. Para este menester “el oncólogo radioterápico recibe formación en el uso de radiaciones, en el de fármacos antineoplásticos y terapias biológicas y por tanto está plenamente capacitado para llevar a cabo este tipo de terapéuticas” y su ámbito de práctica clínica se basa en el diagnóstico, tratamiento, valoración de la respuesta y seguimiento de los pacientes que han sido tratados por cáncer.
Os adjunto documento remitido por el Presidente de la Comisión Nacional de la Especialidad en Oncología Radioterápica el Dr Alfredo Ramos Aguerri (ver aquí). Efectivamente, la CNE ha desarrollado en los pasados años una gran actividad, decidiendo incluir a nuestra especialidad dentro del Tronco Médico del nuevo decreto (Real Decreto 639/2014, de 25 de julio, anexo I) de especialidades médicas (ver aquí)
En este documento se nos solicita el apoyo de la Sociedad Española de Oncología Radioterápica a la solicitud que la CNE ha cursado al Ministerio de Sanidad, de modificación de nombre de la especialidad.
Si eres socio de SEOR y no quieres apoyar la solicitud de la CNE para que se modifique el nombre de la especialidad, mande un email pinchar aquí
Dr. Pedro C. Lara
Presidente SEOR